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Recuperación de la nacionalidad española

Recuerde

  • Sólo se podrá atender la cita si el trámite interesado coincide con el de la cita solicitada.
  • En caso de no poder comparecer, la cita deber ser ANULADA.

Dónde se solicita

La solicitud se debe realizar en el Registro Civil de su domicilio. Los Consulados de España realizan funciones de Registro Civil.

Requisitos

Una vez perdida la nacionalidad española puede recuperarse cumpliendo los siguientes requisitos:

  • Ser residente legal en España. Este requisito no será de aplicación a los emigrantes ni a los hijos de emigrantes. Puede ser dispensado de este requisito por el Ministro de Justicia si concurren circunstancias excepcionales.
  • Declarar el interesado ante el Encargado del Registro civil su voluntad de recuperar la nacionalidad española.

Documentación necesaria

Todos los documentos deben ser presentados en original y fotocopia
  1. Identificación del solicitante en vigor, original y fotocopia
  2. Certificado literal de nacimiento en Registro Civil español (validez 3 meses)
  3. Empadronamiento histórico en la ciudad de Zaragoza, de Huesca, de Teruel o cualquier otro documento que acredite su domicilio permanente y estable en Zaragoza, Huesca o Teruel (validez 3 meses).
  4. Certificado consular que acredite la nacionalidad que ostenta en la actualidad y fecha de adquisición de la misma, o certificado de naturalización. Pasaporte del país del que es nacional 
  5. Si se ostentan apellidos distintos a lo que constan en el Registro Civil español, por razón de matrimonio, deberá aportar certificado de matrimonio legalizado y traducido en su caso.

Lea atentamente

Para que la cita pueda ser atendida:

  • La persona a cuyo nombre conste la cita deberá ser la misma que acuda el día de la cita para efectuar el trámite.
  • Antes de solicitar la cita compruebe que dispone de la documentación necesaria. De no ser así, deberá volver a solicitar cita.
Si el día de la cita no se aportan los documentos requeridos o no se cumplen los requisitos necesarios no se podrá levantar el acta

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