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Reconstrucción de inscripción de nacimiento

El supuesto más común es el caso de destrucción de una inscripción de nacimiento por el motivo de la Guerra Civil.

Recuerde

  • Sólo se podrá atender la cita si el trámite interesado coincide con el de la cita solicitada.
  • En caso de no poder comparecer, la cita deber ser ANULADA.

Quién puede solicitarlo

El propio interesado o en su defecto, los interesados legítimos (esposo o esposa del inscrito, sus hijos etc. si el primero hubiera fallecido).

Dónde se solicita

En el Registro Civil del domicilio del promotor.

Documentación necesaria

Todos los documentos deben ser presentados en original y fotocopia
  1. Certificado negativo del Registro Civil del lugar de nacimiento donde conste que dicha inscripción no aparece y el motivo de dicha destrucción.
  2. Certificado de bautismo, se solicita en la Parroquia en la que fue bautizado o en su defecto en la Archidiócesis Provincial
  3. Certificado de empadronamiento del promotor (validez tres meses)
  4. Certificado literal de matrimonio del interesado cuya inscripción de nacimiento se solicita la reconstrucción y en su caso Certificado literal de nacimiento de hijo o hijos habidos
  5. Cualquier otro documento que acredite la identidad del interesado (libro de familia, DNI, certificados cancelados por traslado, copias, testimonios, certificaciones o duplicados que sirvieron de título para la inscripción u originales)
  6. Interesados legítimos en dicha inscripción (personas a los que pueda afectar directamente en su estado, bienes o derechos dicha inscripción,  esposa, hermanos, hijos o sus herederos).
  7. DNI en vigor del promotor y copia del mismo

Lea atentamente

Para que la cita pueda ser atendida:

  • La persona a cuyo nombre conste la cita deberá ser la misma que acuda el día de la cita para efectuar el trámite.
  • Antes de solicitar la cita compruebe que dispone de la documentación necesaria. De no ser así, deberá volver a solicitar cita.
Si el día de la cita no se aportan los documentos exigidos o no reúnen los requisitos necesarios no se podrá iniciar el expediente

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