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Rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas (Ley 4/2023 de 28 febrero)

Recuerde

  • Sólo se podrá atender la cita si el trámite interesado coincide con el de la cita solicitada.
  • En caso de no poder comparecer, la cita deber ser ANULADA.

Quién puede solicitarlo

Mayores de 16 años de nacionalidad española y con capacidad suficiente para ello por sí mismos.

Menores de 16 años y mayores de 14 años de nacionalidad española por sí mismos asistidos de sus representantes legales.

Menores de 14 años y mayores de 12 años de nacionalidad española deben solicitarlo ante el juzgado de primera instancia del domicilio de la persona interesada.

Personas que deben comparecer el día de la cita

  • Si el interesado es mayor de 16 años deberá comparecer personalmente
  • Si el interesado es menor de 16 años y mayor de 14 años deberá comparecer el menor y ambos padres o tutores legales debidamente identificados.
  • Si el interesado es una persona con discapacidad deberá comparecer con las medidas de apoyo que en su caso precise.

Documentación necesaria

Todos los documentos deben ser presentados en original y fotocopia
  1. Certificado literal de nacimiento (validez 3 meses).
  2. DNI en vigor de la persona interesada
  3. Si el interesado es menor de 16 años, DNI en vigor des sus representantes legales.
  4. Si el interesado es menor entre 12 y 14 años, testimonio de la resolución judicial que autorice el cambio de la mención registral del sexo.

Lea atentamente

Para que la cita pueda ser atendida:

  • La persona a cuyo nombre conste la cita deberá ser la misma que acuda el día de la cita para efectuar el trámite.
  • Antes de solicitar la cita compruebe que dispone de la documentación necesaria. De no ser así, deberá volver a solicitar cita.
Si el día de la cita no se aportan los documentos exigidos o no reúnen los requisitos necesarios no se podrá iniciar el expediente

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