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Inscripción de nacimiento acaecido fuera de España de padre o madre ya español con anterioridad a dicho nacimiento

Recuerde

  • Sólo se podrá atender la cita si el trámite interesado coincide con el de la cita solicitada.
  • En caso de no poder comparecer, la cita deber ser ANULADA.

Personas que deben comparecer el día de la cita

  • El propio interesado, mayor de edad, debidamente identificado. 
  • Si es menor de edad, los padres debidamente identificados. 

Documentación necesaria

Todos los documentos deben ser presentados en original y fotocopia
  1. Solicitud de inscripción (pdf) Documento PDF (Abre en nueva pestaña) debidamente cumplimentada y firmada.
  2. Certificado literal de nacimiento actual (validez 6 meses) expedido por el Registro Civil local del país donde acaeció el nacimiento debidamente legalizado y traducido legalmente, en su caso.
  3. Certificado literal de nacimiento actual (validez 3 meses) del padre o la madre español del no inscrito.
  4. Certificado literal del matrimonio actual de los padres del no inscrito en el caso que estuvieran casados. (validez de tres meses si se han casado en España, y de 6 meses si se han casado en el extranjero.) Si el matrimonio se ha celebrado en el extranjero, el certificado deberá estar debidamente legalizado y traducido, en su caso.
  5. DNI, o NIE, o Pasaporte en vigor de los padres, y copias para su cotejo y unión al expediente.
  6. Certificado de empadronamiento familiar actual en la ciudad de Zaragoza, Huesca o Teruel o en localidad perteneciente a estos partidos judiciales (validez 3 meses).
  7. Si el menor de edad cuya inscripción de nacimiento se solicita reside en el extranjero, se deberá aportar fotocopia compulsada del documento de identidad en vigor del citado menor. Y asimismo, certificado de la autoridad competente de su domicilio en el extranjero, que acredite su residencia en el mismo, debidamente legalizado y traducido.
  8. Hoja declaratoria de datos de identidad para el Registro Civil Central (pdf) Documento PDF (Abre en nueva pestaña)

Lea atentamente

Para que la cita pueda ser atendida:

  • La persona a cuyo nombre conste la cita deberá ser la misma que acuda el día de la cita para efectuar el trámite.
  • Antes de solicitar la cita compruebe que dispone de la documentación necesaria. De no ser así, deberá volver a solicitar cita.
Si el día de la cita no se aportan los documentos exigidos o no reúnen los requisitos necesarios no se podrá iniciar el expediente

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